DOI
10.35381/cm.v8i4.949
La culpa como elemento constitutivo del delito
en materia de tránsito
Guilt
as a constituent element of the crime in traffic matters
Hamilton
Luis Jami-Yacelga
dp.hamiltonljy28@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-0574-0900
Jean Carlos
Naranjo-Guerra
dp.jeancng22@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0000-0002-1256-575X
Ronny
Aldahir Curay-Arias
dp.ronnyaca60@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0000-0003-1960-9353
Juan Alberto Rojas-Cárdenas
up.juanrojas@uniandes.edu.ec
Universidad Regional Autónoma de los Andes, Puyo, Pastaza
Ecuador
https://orcid.org/0000-0001-9026-4402
Recibido: 01 de
mayo 2022
Revisado: 25 de
junio 2022
Aprobado: 01 de
agosto 2022
Publicado: 15 de
agosto 2022
RESUMEN
En la presente
investigación el objetivo general fue determinar la culpa como elemento
constitutivo del delito en materia de tránsito. De carácter cuantitativa, se apoya en la descripción
documental, con un diseño bibliográfico contribuye a la recolección de datos
relacionado al estudio. Así mismo se emplea el método analítico-sintético, se
considera a este como un procedimiento fundamental de toda investigación debido
a que este nos permite analizar los fenómenos y causas de los problemas. Este método
es de suma importancia para nuestro tema de investigación debido a que gracias
a este hemos podido analizar las causas y consecuencias de los accidentes de
tránsito. Se aplicó un cuestionario para una población de 30 personas de la
comunidad de Puyo. Se concluye que, los conductores de vehículos profesionales
y no profesionales deben cambiar sus actitudes, porque ahora es el momento de
actuar para concienciar sobre el alto nivel de responsabilidad de conducir.
Descriptores: Accidente de tráfico; derecho penal;
mortalidad. (Tesauro UNESCO).
ABSTRACT
The general objective
of this research was to determine guilt as a constitutive element of the crime
in traffic matters. It is a quantitative research, based on documentary
description, with a bibliographic design that contributes to the collection of
data related to the study. Likewise, the analytical-synthetic method is used,
which is considered a fundamental procedure in all research because it allows
us to analyze the phenomena and causes of the problems. This method is of
utmost importance for our research topic because thanks to it we have been able
to analyze the causes and consequences of traffic accidents. A questionnaire
was applied to a population of 30 people in the community of Puyo. It is
concluded that drivers of professional and non-professional vehicles should
change their attitudes, because now is the time to act to raise awareness about
the high level of responsibility of driving.
Descriptors: Traffic accident; criminal law; mortality. (UNESCO Thesaurus).
INTRODUCCIÓN
El Derecho de Tránsito, en
Ecuador está orientada por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y
Seguridad Vial que hoy en día sigue vigente, pese a los muy desatinados
intentos de que el Código Orgánico Integral Penal la absorba, el entender que
la Materia de Tránsito tiene sus propias reglas, principios y procedimientos,
nos permitirá acceder a una justicia especializada que pueda servir de mejor
manera a la sociedad.
En materia de Tránsito se
abarca un concepto muy poco abordado en materia penal; si bien en el derecho
penal contamos con el dolo como elemento principal para una conducta típica,
antijurídica y que amerite una pena acorde a la gravedad de dicha conducta, en
materia de tránsito se debe enfrentar a todo lo contrario, en materia de
tránsito se enfrenta a un fenómeno cuyas
características son tan especiales, y únicas que se vuelve imposible de
estudiar, ya que intrínsecamente es imposible de reproducir, a este fenómeno se
lo conoce con el nombre de accidente.
En este orden de ideas, según las evaluaciones del informe sobre el
contexto mundial en seguridad vial de la Organización Mundial de la Salud,
publicado en el 2015, Ecuador ocupa el séptimo puesto en Latinoamérica en tasa
de fallecimientos por accidentes de tránsito y el décimo tercero a escala,
global. (Algora-Buenafé et al.2017, p.54)
Por otro lado, las sanciones no están orientadas sobre la base de una
actitud dolosa sino de una actitud culposa, esa es la palabra clave, en materia
penal los delitos son definidos entre otras cosas por el dolo, mientras que en
materia de tránsito se definen por la culpa.
En este sentido, en materia
penal la culpa es la conciencia de la antijuricidad de la conducta, sin
embargo, esta conciencia no se puede calificar como dolo ya que a diferencia de
los delitos penales existen ciertos elementos que modelan las infracciones de
tránsito como acciones u omisiones culposas que violando el deber objetivo de
cuidado generan en un daño directo a un bien jurídico protegido por la ley.
Las sanciones deberían ser más severas, sin embargo, Andrade-Torres et al.
(2020) indican:
Un manejo poco prolijo en el ejercicio de la
legislación nacional, así como en la emisión de actos normativos y
administrativos ha resultado en la excesiva, dispersa, desordenada y
desarticulada formulación de normativa, y ello ha permitido que los entes
llamados a velar por la armonía del ordenamiento jurídico tengan serios
problemas al ejecutar sus funciones, y ello ha afectado seriamente en la
administración de justicia en última instancia, por razones que a primera vista
resultan obvias. (p.146)
En este sentido, son
infracciones de tránsito las acciones u omisiones que, pudiendo y debiendo ser
previstas, pero no queridas por el causante, se verifican por negligencia,
imprudencia, impericia o por inobservancia de las leyes, reglamentos,
resoluciones y demás regulaciones de tránsito. En los delitos culposos de
tránsito, el autor no actúa bajo el designio de causar daño, por lo que esta
persona no constituye un peligro para la sociedad.
Pero existen sanciones claramente tipificadas en la Ley Orgánica de
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. En este sentido los artículos;
376 establece lo siguiente:
Artículo 376.- Muerte causada por conductor en
estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes,
psicotrópicas o preparados que las contengan. - La persona que conduzca un
vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias
estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un
accidente de tránsito del que resulten muertas una o más personas.
Sanción: Pena privativa de libertad de diez a doce
años, Revocatoria definitiva de la licencia para conducir vehículos.
Según informe del Anuario
Estadístico de Transporte 2018, las principales causas de siniestros son:
·
La
impericia e imprudencia del conductor, con un total de 12.660 siniestros, que representan el 49,6%.
·
Seguido de exceso de velocidad con 4.068 siniestros, con el
15,9% del total de
siniestros de tránsito nacionales.
·
Por
embriaguez o droga el 7.5 %.
De acuerdo, a los planteamientos formulados se presenta como objetivo
general de la presente investigación determinar la culpa como elemento
constitutivo del delito en materia de tránsito.
METODOLOGÍA
La presente investigación
de carácter cuantitativa, se apoya en la descripción documental, según
Hernández Sampieri et al. (2014), es de característica investigativa que
contribuye al análisis de diversas entidades observables en la realidad. Con un
diseño bibliográfico contribuye a la recolección de datos relacionado al
estudio. Así mismo se emplea el método analítico-sintético, se considera a este
como un procedimiento fundamental de toda investigación debido a que este nos
permite analizar los fenómenos y causas de los problemas. Este método es de
suma importancia para nuestro tema de investigación debido a que gracias a este
hemos podido analizar las causas y consecuencias de los accidentes de tránsito,
de este sector para poder realizar una síntesis compleja de este fenómeno. Se
aplicó un cuestionario para una población de 30 personas de la comunidad de
Puyo, con diferentes características: 8 Agentes de tránsito, Jueces y Fiscales de tránsito 2 Abogados
especializados en tránsito, y 10 Conductores profesionales que laboran en la
cooperativa de transporte urbano en la ciudad de Puyo.
RESULTADOS
En este orden de ideas, algunos estudios verificados en
países de bajos y medianos ingresos indicaron que la presencia de alcohol en la
sangre en entre el 18% y el 90% de los peatones y entre el 10% y el 28% de los
motociclistas que sufrieron lesiones en siniestros viales. (Organización
Panamericana de la Salud, 2017, p.3).
El Código Orgánico Integral Penal. (2014) establece en
los siguientes artículos las penas por delito en materia de transito al
respecto se mencionan:
Artículo. 384.- Conducción de vehículo bajo efecto
de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan. -
La persona que conduzca un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes,
psicotrópicas o preparados que las contengan, será sancionada con reducción de
quince puntos de su licencia de conducir y treinta días de privación de
libertad; además como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por
veinticuatro horas.
En relación a los delitos de tránsito, en función del
COIP, se vinculan como los delitos contra la responsabilidad ciudadana, delitos
contra la estructura del estado constitucional, delitos de terrorismo e
infracciones de tránsito. (Granda-Torres & Del Cisne-Herrera,2019). Con más de 3500 decesos diarios, los accidentes viales
son la principal causa de muerte de niños y jóvenes en el mundo. Además, unos
50 millones de personas resultan lesionadas cada año en esos siniestros.
(Naciones Unidas,2021). En Ecuador, el problema surge todos los días, ya pesar
de una ley específica que sanciona a los conductores que no cumplen con la ley,
muchos conductores hacen poco o nada para cambiar la situación. En la mayoría de los casos, los accidentes se deben a la
embriaguez, que es la tercera causa, a la distracción en la conducción y al
exceso de velocidad, que actualmente es la cuarta, registra la Agencia Nacional
de Transporte. Por otro lado, António
Guterres recordó que el 90% de los accidentes de tráfico ocurren en los países
de renta baja y media y que son la primera causa de muerte entre los niños
y jóvenes de cinco a 29 años. (Naciones Unidas, 2022).
En términos generales accidente es un hecho eventual,
imprevisto, que genera una desgracia o un daño. En materia de tránsito
accidente es el suceso imprevisto producido por la participación de un vehículo
o más en las vías o carreteras y que ocasiona daños materiales o lesiones a
personas y hasta la muerte de las mismas.
La Ley de Tránsito establece el concepto de infracciones de tránsito define a
los accidentes cuando dice :Son infracciones de tránsito las acciones u
omisiones que pudiendo ser previstas pero no queridas por el agente, se
verifican por negligencia, imprudencia, o impericia, o por inobservancia de las
leyes, reglamentos y ordenanzas de tránsito, o de órdenes legítimas de las
autoridades y agente de tránsito. Es necesario resaltar que, por el mismo hecho
de ser accidente y por lo tanto en acontecimiento eventual, se produce en
circunstancias no deseadas, es decir involuntariamente; aquí, por tanto, no
cabe la intención de causar daño, el dolo no existe como presupuesto para este
tipo de delitos, pues en tanto esto sucediera ya no estaríamos hablando de
accidentes de tránsito sino de delitos penales.
CONCLUSIÓN
Los conductores
de vehículos profesionales y no profesionales deben cambiar sus actitudes,
porque ahora es el momento de actuar para concienciar sobre el alto nivel de
responsabilidad que representa conducir un vehículo y circular por carretera.
Para tal efecto, el ministro de Educación y Transportes, dispuesto por el
Estado, está obligado a garantizar que la docencia se realice en todas las
instituciones educativas públicas y privadas con personal autorizado y
capacitado. Sobre todo, las normas básicas y el pleno conocimiento de la ley de
tránsito y su reglamento estipulado en el artículo 4 de la Ley de Ordenación
del Tránsito, es necesario educar a todos los ciudadanos desde temprana edad
para que comprendan y respeten la ley cuando maduren.
FINANCIAMIENTO
No monetario.
AGRADECIMIENTO
A la Universidad Regional Autónoma de los
Andes; por motivar el desarrollo de la investigación.
REFERENCIAS CONSULTADAS
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Merino-Salazar P, Gómez-García AR. (2017). Tendencias de los accidentes de
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